Una Sociedad Limitada (S.L.) es una forma jurídica española con personalidad jurídica propia. Esta forma es una de las más comunes y populares en España y le protege como persona física de las responsabilidades de la empresa.
Establecer una S.L. en España es un paso importante para los empresarios que desean entrar en el mercado español. El proceso requiere atención al detalle y un buen conocimiento de las leyes y normativas locales.
A la derecha encontrará respuestas a las preguntas más frecuentes sobre la constitución de una S.L. en España. Si su pregunta no aparece aquí, puede chatear con nosotros. Le ayudaremos lo antes posible.
Por lo general, la creación de una SL lleva entre 3 y 4 semanas.
Sí, es necesario que usted esté personalmente presente en España durante determinados pasos del proceso de constitución: al firmar la escritura de constitución ante notario y al abrir una cuenta bancaria.
Al registrar el nombre de una empresa en el Registro Mercantil Central, es habitual presentar cinco nombres por orden de preferencia. Esto aumenta las posibilidades de que una de sus opciones esté disponible.
Si las cinco preferencias ya están en uso, deberá elegir un nombre alternativo.
No es necesario que los accionistas reciban un salario (mínimo).
Pero si, como accionista, participa activamente en la gestión diaria de la empresa, es posible que deba darse de alta como autónomo y darse de alta en el régimen de la Seguridad Social.
Debe darse de alta como autónomo en España si realiza actividades empresariales como persona física o si es administrador de una S.L. y posee más del 25% de sus acciones.
Como autónomo, está obligado a cotizar mensualmente a la Seguridad Social y a presentar declaraciones fiscales periódicas.
Una S.L. es una forma jurídica española similar a una sociedad de responsabilidad limitada. Esta estructura es popular entre las pequeñas y medianas empresas por su normativa flexible y la responsabilidad limitada de los accionistas.
La principal característica es que los accionistas sólo son responsables de la cantidad que aportaron al capital social.
Una S.L. está sujeta al impuesto de sociedades y debe presentar declaraciones fiscales periódicas, incluido el IVA y el impuesto sobre nóminas si tiene personal.
Las nuevas S.L. pueden beneficiarse de un tipo reducido del impuesto de sociedades del 15%, en lugar del tipo normal, durante los tres primeros años.
Una vez constituida la SL, puede utilizar el capital inicial para gastos de la empresa. Por tanto, no es necesario que permanezca en la cuenta mientras lo invierta en el crecimiento de su empresa.
Si un cliente neerlandés recibe una factura de su empresa española S.L. y tiene un número de IVA válido, la factura puede enviarse sin IVA. El cliente deberá entonces repercutir el IVA. Esto significa que el cliente calcula él mismo el IVA (21% en los Países Bajos) e incluye este importe en su declaración de IVA.
Ejemplo: Supongamos que la factura es de 1000 euros, su cliente calcula 210 euros de IVA (21% de 1000 euros) y lo declara como si hubiera recibido una factura de 1210 euros. Si el cliente tiene derecho a la devolución del IVA, a menudo puede reclamar directamente esos 210 euros, sin tener que pagar nada por el resto.
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